Expediente No. 1427-2012

Sentencia de Casación del 18/03/2014

"…fue informado a este Tribunal de Casación, que según la Dirección General del Sistema Penitenciario, el único sindicado en la presente causa, Estuardo Francisco Cabrera Cienfuegos, había muerto el treinta y uno de agosto de dos mil trece. Sin embargo, no obraba en el expediente remitido a Cámara Penal certificación de la partida de defunción del procesado, y en consecuencia fue necesario solicitarla como documento acreditativo del Estado Civil del acusado, al Registro Nacional de las Personas, quien remitió dicho documento el dieciocho de marzo de dos mil catorce.
Por las razones expuestas, no es posible dar cumplimento a lo ordenado por la Corte de Constitucionalidad en cuanto al fondo de la cuestión y en cuanto al plazo otorgado, pues "Contra un muerto no puede iniciarse el proceso penal y, si se acredita el fallecimiento después de su iniciación, debe concluirse inmediatamente (…) el artículo 32 del Código Procesal Penal preceptúa que la acción penal se extingue por muerte del imputado…"